RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES POR LA QUE SE CONCEDEN AYUDAS DE CONCESIÓN
DIRECTA DE SUBVENCIONES A SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA PARA EL DESARROLLO DE SU ACTIVIDAD DIVULGADORA DE LA DIVERSIDAD CULTURAL EN
2022.
Por Real Decreto 957/2022, de 15 de noviembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E. nº 275) en fecha de 16 de noviembre de 2022, se convocó ayudas de concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para el desarrollo de su actividad durante el año 2022, siempre que hayan mantenido, entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2022, un porcentaje de, al menos, el 25 % de películas comunitarias, de acuerdo con los datos comunicados por las salas al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales o, en su caso, a los órganos competentes de las comunidades autónomas, antes del 30 de septiembre de 2022, teniendo en cuenta que para calcular dicho porcentaje se computará como dos películas la programación de una en la que se use mayoritariamente cualquiera de las lenguas oficiales del Estado español, de las lenguas reconocidas estatutariamente por las comunidades autónomas, o de las lenguas de signos españolas reconocidas legalmente.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 7.1 de la convocatoria de las ayudas, se han valorado las 232 solicitudes presentadas (las cuales se recogen en el Anexo I), comprobando el cumplimiento por parte de las empresas solicitantes de los requisitos de acceso directo establecidos en el citado Real Decreto 957/2022, de 15 de noviembre, y determinando la dotación correspondiente para cada empresa solicitante conforme se establece en el artículo 8.b) del Real Decreto 957/2022, de 15 de noviembre. El coeficiente de prorrateo resultante ha sido el 60,39% para las entidades sin ánimo de lucro, y 90,20% para las restantes empresas beneficiarias.
El detalle del reparto de la dotación es el siguiente:
– Al concepto 24.103.335C.48201, debe aplicarse las ayudas concedidas a las 17 entidades sin ánimo de lucro, por importe de 170.000 euros.
– Al concepto 24.103.335C.475, debe aplicarse las ayudas concedidas a las 215 restantes empresas beneficiarias, por importe de 9.927.695,41 euros.

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